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Boletín
informativo, elaborado por el comité de defensa del SUNTNP y
distribuido por
la Sec. de Prensa y Propaganda. N°
003 Abril 2005
LAS ORGANIZACIONES SINDICALES
Las
organizaciones sindicales son los sujetos fundamentales y defensores
de los derechos laborales; actúan en nombre y representación de
los trabajadores o de los empleadores, según estén constituidos
por uno u otros. Su acción al ser contestada negativamente por la
parte contraria, da lugar a conflictos, para cuya atenuación o
extinción, el estado ha organizado diversos procedimientos de
previsión y solución. Estos conflictos pueden originar
paralizaciones colectivos del trabajo, como huelgas por ejemplo, mediante los cuales una parte entiende presionar a la otra,
para llevarla a una aceptación de sus puntos de vista o exigencias.
1.-
ORGANIZACIÓN
POLÍTICA Y ORGANIZACIÓN
SINDICAL DE LAS CLASES SOCIALES
Los
integrantes de cada una
de las clases sociales tienden a unirse y organizarse para actuar en
común en la defensa de sus intereses frente a las demás clases y
particularmente frente a aquellas con las cuales conforman una
unidad de elementos contrarios. Su organización puede ser política
y sindical.-
La organización política tiene la finalidad de tratar de asumir la
dirección del aparato estatal, o si ello no es posible, de
participar en la delineación de la actividad estatal y del
contenido y aplicación de la legislación; son entidades legalmente
facultados para participar
en la constitución de los poderes
legislativo, ejecutivo y otros quehaceres del Estado según
reza nuestra constitución peruana.
La organización sindical en cambio se dirige a la defensa de sus
interese económicos frente a la clase opuesta con la cual se
encuentran unidos en una relación de propiedad y de trabajo y
frente al Estado del cual tratar de obtener ciertas decisiones o
cierto compartimiento a su favor. Esta comienza por la agrupación
de las personas con intereses comunes. Las trabas a la organización
sindical de las clases trabajadoras, a todo nivel y en todo frente
es a todos luces la lucha que la clase capitalista para restarle
fuerza libra contra la organización sindical y de este modo no
conteste con el mismo ímpetu en la defensa de los derechos de la
masa que agrupa.
2.-
DE SU FORMACIÓN Y ORIGEN
La
sindicalización surge como un fenómeno propio del modo de producción
capitalista. Fue iniciado por la clase obrera a fines del siglo
XVIII para así defenderse de la explotación capitalista; le
siguieron los empresarios que se organizaron también pero no bajo
la forma de sindicatos, sino de asociación civil.
En
la Edad Media, se encontraban las asociaciones formados por los
compañeros u oficiales de los talleres artesanales, en ellos
trabajaban los maestros que eran los propietarios de los
establecimientos, los aprendices; menores de edad
incorporados al empleo mediante contratos de aprendizaje y los compañeros
u oficiales que eran trabajadores que prestaban servicios
a los maestros luego de haber superado el nivel de aprendiz
obligatoriamente; fueron estos compañeros u oficiales los que se
asociaron para defenderse de los maestros y velar por sus intereses;
se desarrollan con más fuerza en los siglos XV y XVI cuando la
maestría pasó a ser reservada, cada vez más a los hijos de los
maestros.-
3. – RAZÓN DEL SER DEL
MOVIMIENTO SINDICAL
La
organización sindical y el resultado de un esfuerzo de asociación
de los trabajadores de las fábricas y talleres para obligarles a
los empresarios a tratar colectivamente con ellos la contratación
de la fuerza de trabajo; según el precepto de libertad de
contratación; elevado a la categoría de dogma por el racionalismo
filosófico y su expresión económica y jurídica: el liberalismo,
cada obrero debía convenir,
por separado, con el capitalista las
condiciones de trabajo y la remuneración. En la practica
nunca se dio esta libertad ni hubo igualdad entre ambas partes.
Beneficiados por el exceso permanente de fuerza de trabajo sobre los
puestos disponibles, los capitalistas pudieron imponer sus
condiciones a los obreros, quienes debían
tomar el empleo tal como les era ofrecido o dejarlo; si un obrero no
lo aceptaba, habían otros que por la necesidad estaban dispuestos a
incorporarse a la empresa bajo cualquier condición; (exactamente
igual a lo que hoy el empresario en general quiere seguir imponiendo
su pleno2005). Los
obreros comprendieron de inmediato que la única posibilidad para
ellos (igual que los obreros del mundo entero)de equiparar su fuerza
a los de los empresarios
era asociarse y emprender unidos sus acciones defensivas,
advirtieron también que su armas más eficaz en esta pugna desigual
para ellos podía ser LA HUELGA, osea la suspensión
colectiva de la prestación del trabajo.
Organización
sindical, negociación colectiva y huelga son así hasta la
actualidad;
tres instituciones que
surgen como una necesidad para la clase obrera y marchan
indisolublemente unidos
desde entonces y esperando que era el trabajador de hoy, mañana y
siempre quien quiera echar mano de estas importantísimas
herramientas institucionales siempre en cuando exista verdadera
unión entre ellos para que al final la lucha sea de
todos.
Ante
la lucha obrera la clase capitalista formada por el empresario no
se quedó ni queda quieta, percibió que para mantener su
supremacía sobre los obreros debía impedir por todos los medios la
asociación de los trabajadores. En 1789, La Revolución burguesa,
atacó por ello, no solo al feudalismo, para destruirlo y
posibilitar el desarrollo pleno del capitalismo, si no también a la
clase obrera al aniquilar sus tentativas de organización. La ley
de Le Chapelier, aprobada por convención en 1791,
prohibirá así cualquier forma de asociación laboral,
proscribiendo expresamente las cooperaciones artesanales y las
asociaciones de obreros, disposición a la que se agregarían luego
las sanciones penales por el delito de asociación laboral. En 1799,
en Inglaterra se darán medidas semejantes, así en Europa. A partir
de entonces, ganar el derecho de organización sindical les
significará a los obreros casi un siglo de lucha y verdadero
martirio.
Después
de mucho batallar fue en marzo de 1884, bajo la tercera República
francesa, se voto la ley reconociendo el derecho de organización
sindical de los obreros, la ley llamada Waldeck Rousseau, no
les dio a los sindicatos la plenitud de derechos de representación.
Sin embargo, el derecho de asociación obrera estaba ya ganado; se
extendió a otros países y se perfeccionó en cuanto a su contenido
y número de trabajadores comprendidos.
4.
– LOS SINDICATOS EN EL PERÚ
Surgió
a comienzos del siglo pasado y se desarrollo rápidamente en las primeras décadas, la acción más importante desarrollada fue la
lucha por las 8 horas de trabajo que culminó hacia fines de 1918
con una gran huelga organizada por la Federación obrera local de
Lima dando lugar a la expedición del DS.
Del 19 de enero 1919 que implantó esta jornada en todo el
Perú; a partir de entonces gracias a la
Unión existente
en los sindicatos el movimiento
sindical ha continuado
su expansión pese a la persecución desatada contra el por los
gobiernos didactoriales incluso regímenes mal llamados democráticos,
controlados por el capitalismo.
El
derecho se organización sindical está reconocido legalmente por la
OIT – 87 de junio de 1948, y 98 de junio de 1949. Tiene como función
más importante el trato colectivo con los empleadores y con el
Estado para fijar remuneraciones, adquirir nuevos derechos sociales
y la defensa de los derechos ya adquiridos. Sin embargo la lucha
sindical por mantener los derechos de los trabajadores no ha
concluido; el capitalismo como siempre trata de neutralizar a sus
dirigentes despidiéndolos de sus puestos de trabajo, despide
masivamente trabajadores sindicalizados y los reprime policialmente;
es por eso que la clase obrera deberá siempre mantenerse unida
pues es el único modo de hacer que se les respete los derechos;
los que con lucha muchos hermanos obreros ofrendado sus vidas nos
dejaron; y no podemos perderlos
LA UNIÓN INTERNACIONAL DE TRAJADORES DE LA ALIMENTACIÓN
Y AFINES. – UITA

¿Qué
es?
Es
una confederación internacional de organizaciones sindicales, a la
que nuestro sindicato está afiliado, que representan a los
trabajadores de los siguientes sectores:
v
Preparación
y transformación de productos alimenticios y bebidas.
v
Todas
las fases de la transformación del tabaco
v
Los
hoteles y los restaurantes.
El
principio rector de la UITA es la solidaridad internacional de los
trabajadores. Con la finalidad de fortalecer las organizaciones
afiliadas, desarrollando la ayuda recíproca entre ellas. El
compromiso primordial es la defensa de los derechos
sindicales y los derechos humanos en general. Rechazamos cualquier
forma de explotación y opresión.
Federación
de federaciones, la UITA sigue las directivas establecidas
por sus
organizaciones afiliadas. Su
eficacia en
cualquier situación depende de la cooperación entre sus miembros
para un mismo objetivo. La UITA funciona también como fuente de
informaciones, solicitadas o difundidas por las afiliadas y como
coordinadora de las actividades que éstas desean llevar a cabo.
¿Qué
hace?
La
secretaria internacional y las oficinas internacionales de la UITA
responden a las necesidades de las organizaciones afiliadas:
v
Movilizando
y coordinando la ayuda en el momento en que surgen conflictos
laborales o políticos.
v
Interviniendo
ante gobiernos, organizaciones internacionales o empleadores para
defender los derechos de los trabajadores.
v
Convocando
reuniones en las cuales los sindicatos intercambian experiencias e
ideas y elaboran programas comunes.
v
Siguiendo
las actividades de las campiñas de la alimentación y afines y los
acontecimientos políticos y económicos que conciernen a los
trabajadores.
Distribuyendo
informaciones sobre cuestiones como la evolución de las
negociaciones colectivas, la seguridad e higiene profesionales, el
empleo, el comercio, la tecnología.
v
Realizando
programas de educación sindical.
Asistencia
Una
de las principales funciones de la secretaria consiste en responder
a las solicitudes de asistencia que las organizaciones sindicales
envían ala UITA cuando
un conflicto requiere a una participación internacional.
Con
frecuencia, la causa de estas solicitudes son las violaciones de los
derechos sindicales y otras medidas anti- sindicales adoptadas por
los gobiernos o los empleadores, o bien motivadas por los conflictos
laborales. La tarea de la secretaría consiste en informar a las demás
organizaciones afiliadas a la UITA de la situación y
coordinar las acciones que permitirán llegar a ala solución del
conflicto.
En
caso de huelga, por ejemplo, se solicita a las organizaciones
afiliadas que impidan las exportaciones hacia un mercado o una
empresa determinada. Es otras situaciones, se organizarán acciones
de solidaridad, paros de trabajo o boicots.
La
campaña dirigidas contra los gobiernos o empleadores culpables de
represión han servido también para llamar la atención de las
opinión pública y pueden desempeñar un papel importante en la
defensa de los derechos, incluso de las vidas de los trabajadores.
En
nombre de las organizaciones afiliadas, la secretaria interviene
también directamente ante los empleadores, en particular en el caso
de las compañías transnacionales. Los representantes de la UITA,
al hablar en nombre de un gran número de sindicalizados, pueden
entablar diálogo a ciertos niveles de la dirección de las
transnacionales, de difícil acceso para los sindicatos nacionales.
Los intereses de las organizaciones afiliadas estarán representados
en los siguientes casos:
v
Cuando
la dirección y el sindicato no consigan negociar un acuerdo a nivel
social.
v
Cuando
la naturaleza del problema sobrepasa la jurisdicción de la federación
afiliada ( por ejemplo en caso de traslados de producción de un país
a otro).
Una
vez más, los resultados obtenidos por la UITA dependen del
apoyo de las organizaciones afiliadas.
La
UITA se opondrá,
en colaboración con otras organizaciones que actúan sobre los
mismos principios, con todo su poder y con todos los medios de que
dispone, a toda forma de explotación y opresión.
Copyright © 2004
Sindicato Unico Nacional de Trabajadores Nestle Perú S.A
Última modificación:
01 de enero de 2007
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